PRIMER PERIODO VACACIONAL DEL SAT PARA 2022.

18 al 29 de Julio de 2022.

Conforme a la Regla 2.1.6. de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada el 15 de julio de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, el primer periodo general de vacaciones en 2022 para el personal del SAT será del 18 al 29 de Julio de 2022, por lo que en dicho periodo quedan suspendidos todos los servicios presenciales en oficinas del SAT, y por ende congelados los turnos de la Fila Virtual por dicho periodo, solo acrecentándose en cuanto a nuevos contribuyentes en fila.

Fuente: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5658267&fecha=15/07/2022

“Ley Bitcoin en El Salvador como moneda de curso legal”

El 07 de septiembre de 2021 entrará en vigor la ley denominada “Ley Bitcoin” en El Salvador, misma que fue publicada el 09 de junio de 2021 en el “Diario Oficial de la República de El Salvador en la América Central”, convirtiendo a la criptomoneda (considerada criptoactivo en otros países), en una moneda de curso legal en el país de El Salvador.

En ese sentido, todo tipo de deudas y obligaciones actuales y anteriores, incluso el pago de impuestos, podrán ser cubiertas con el equivalente al tipo de cambio del dólar estadounidense (USD) con el bitcoin (BTC), tomando en consideración que la economía de dicho país fue dolarizada desde 2001, exceptuando de dicha obligación de aceptar el bitcoin como pago a aquellas personas que resulte notorio que no cuentan con los medios tecnológicos para su conversión.

Así mismo, el simple hecho de tener bitcoin no generará ISR por ganancia de capital, pues se tendrá como una moneda más, como lo es el dólar, por lo que de igual manera, no generará IVA, pues es una moneda de curso legal más.

A fin de que su población pueda utilizarla para sus operaciones diarias, el gobierno salvadoreño ha hecho una aplicación pública de tipo Wallet llamada “Chivo”, en la cual los salvadoreños podrán recibir y en ese mismo momento convertir los bitcoins a dólar al tipo de cambio de dicho momento o guardarlo en bitcoin.

Resulta previsible que a través de dicha aplicación el gobierno fiscalice ahora o en el futuro las operaciones realizadas en El Salvador con bitcoins, al tener un control sobre dicha aplicación y los registros de transacciones que se llevan a cabo a través de la misma.

“….el simple hecho de tener bitcoin no generará ISR por ganancia de capital, pues se tendrá como una moneda de curso más, como lo es el dólar…”

En materia de antilavado, El Salvador es un país sólido en su regulación, al igual que en temas de intercambio de información financiera y fiscal, dado el uso del dólar en su economía como moneda de curso; sin embargo, no debemos perder de vista que el bitcoin es una criptomoneda, lo cual significa que es una moneda descentralizada y que aparte no fluye por el sistema financiero convencional, lo cual significará un reto para El Salvador para su regulación, al ser el primer país que acepta dicha criptomoneda como moneda de curso legal, para lo cual, consideramos probable que, al igual que en el tema fiscal, la autoridad se podrá apoyar en la plataforma de su E-Wallet denominada “Chivo”.

Foro Legal.

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